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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo VI
Del sistema integrado de carreras y remuneraciones (SIR)
Sección II
Requisito para el ingreso a los escalafones
 Subescalafón de Dirección Superior

Artículo D.84.5.1 ._

Los funcionarios contratados permanentes que revistan en el Subescalafón Cultural y Educativo Superior (CE2), en sus niveles de Carrera I o II, podrán acceder mediante igual mecanismo, a los cargos de Dirección Superior Carreras Director Superior 1(DS1), Director Superior 2 (DS2) y Director Superior 3 (DS3) vinculados a la conducción de su respectivas carreras. En todos los casos previo cumplimiento de los requisitos particulares establecidos en sus respectivas reglamentaciones.

FuenteObservaciones
art. 1