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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo V
De los derechos y deberes de los funcionarios
Nota:

Por Res. IM 2919/20,de fecha 17 de agosto de 2020, se aprobó el "Código de Ética", para todos los que desempeñen funciones en la Unidad Central de Auditoría Interna y los textos denominados "Adhesión al Código de Ética" y "Declaración de Compromiso de Confidencialidad".


Artículo D.43.23 ._

Toda persona que ingrese a la Intendencia y Municipios de Montevideo, en condición de funcionario público o como becario, pasante u otras modalidades de vínculos laborales, deberá asistir a los programas de formación a los que sea convocada.

Asimismo, el personal de la Administración Departamental y Municipal deberá asistir a los programas de actualización que se determinen en cada oportunidad. La asistencia será obligatoria y el tiempo que insuman se imputará como trabajado, debiendo coordinarse los cambios de horarios de trabajo en caso de ser necesario.

FuenteObservaciones
art. 31
art. 1
Nota:

Ver articulo 8 Lit F de la ley 19.823 del 18/09/2019.