La Intendencia podrá disponer las tareas que deberán desempeñar los funcionarios que revisten en los distintos escalafones, sin perjuicio de que dicha asignación de tareas tenga en cuenta, en todos los casos, la jerarquía presupuestal del cargo del que es titular cada funcionario.
Establécese que sin perjuicio de los grados que ocupen los funcionarios de los Casinos de esta Intendencia, deberán realizar transitoriamente ante situaciones de necesidad o urgencia, las tareas que específicamente le encomienden los jerarcas respectivos, las que podrán corresponder a grados inferiores, los que en ningún caso serán menores a los grados de los cargos de los cuales eran titulares con anterioridad a las dos últimas promociones.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional
Libro II
De la relación funcional
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título Único
Del estatuto del funcionario
Del estatuto del funcionario
Capítulo XII
De la asignación de tareas y funciones
De la asignación de tareas y funciones
Artículo D.131 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 97 | ||
num. 5 | ||
num. 1 | Incorpora inciso segundo. | |
art. 22 | ||
art. 1 | ||
art. 43 |