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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo I
Del ingreso
Sección II
De la aceptación del cargo

Artículo R.160.1.4 ._

En los casos en los que los ciudadanos designados manifestaren su voluntad de no acceder a ocupar el cargo, o en su defecto venciera el plazo perentorio indicado en el artículo precedente, caducará de pleno derecho la designación y automáticamente el Servicio de Administración de Gestión Humana quedará facultado para:
a) designar al suplente que corresponda, ya sea por el sistema de suplentes respectivo o correlativo, o aquél que siguiere al titular, en la forma que la Administración estableciera;
b) solicitar el dictado de resolución dejando sin efecto la designación indicada;
c) proceder a la realización de los trámites tendientes a cubrir mediante Llamado Externo, Concursos de Oposición y otros procedimientos, las vacantes del caso.

FuenteObservaciones
num. 2
num. 1
R.160.1
num. 1