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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res. IM Nº 0274/25, en su numeral, se establece:
1º-. Prorrogar a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025, el régimen de trabajo aprobado por Resolución Nº 0441/23 de fecha 19 de enero de 2023, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 0973/24 de fecha 27 de febrero de 2024 con las modificaciones aprobadas oportunamente.

Por Res. IM Nº 4716/24 de 6/11/2024 se aprobó el texto del Convenio entre esta Intendencia y la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (ADEOM), estableciendo en su cláusula segunda un régimen especial de jornadas de trabajo aplicable al personal perteneciente al escalafón obrero y jefaturas obreras del Servicio Mantenimiento Vial que se adhiera, por un plazo de 1 (un) año, sin perjuicio de la realización de una instancia de seguimiento cumplidos los 6 (seis) meses.

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 0973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo III
De la asistencia y permanencia en sus funciones del personal de la Intendencia
Sección I
Del control y registro de asistencia

Artículo R.190 ._
DEJADO SIN EFECTO

Por Res. IM Nº 0968/25 de fecha 10 de marzo de 2025, numeral 3, se dejó sin efecto este artículo.


El Servicio Administración de Gestión Humana remitirá mensualmente a cada dependencia las tarjetas de contralor de asistencia, conjuntamente con formularios que deberán ser devueltos con las tarjetas dentro de un plazo de diez días hábiles contados desde la fecha de recepción:

Dichos formulario contendrán:

a) Relación de las faltas con o sin aviso o llegadas tarde de cada funcionario;

b) descuentos que correspondan por faltas, ausencias sin autorización o llegadas tarde;

c) sanciones.

El Servicio Administración de Gestión Humana elevará al Departamento Gestión Humana y Recursos Materiales la nómina de las dependencias omisas y dicho Departamento la someterá a consideración del Intendente, quien aplicará las sanciones que correspondan.

FuenteObservaciones
num. 3
num. 1
num. 1
art. 10º de la Reglamentación.