Las Oficinas Sectoriales de Presupuesto de cada Departamento, deberán comunicar a la Contaduría General, y a la Oficina de Personal Delegada, la nómina de los descuentos a realizar a los funcionarios ausentes, con inclusión de los provenientes por paros gremiales antes del día 20 de cada mes. El no cumplimiento de esta disposición así como la del artículo anterior, hará pasible a los responsables de una suspensión de 3 (tres) días en la primera oportunidad y de 6 (seis) en la segunda oportunidad.
La persistencia en el no cumplimiento, una vez constatada la reiteración en dos oportunidades, hará pasible a los responsables de sanciones más severas.