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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo III
De la asistencia y permanencia en sus funciones del personal de la Intendencia
Sección III
De las inasistencias

Artículo R.206 ._

Transcurridos cuatro (4) meses desde la fecha de configuración de la omisión, si no se hubiese resuelto expresamente acerca de la situación del funcionario involucrado, el mismo se reintegrará de inmediato a sus tareas, sin perjuicio de la posterior aplicación de la sanción que correspondiere.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 26º de la Reglamentación.