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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IV.I.I
De los concursos
Sección V
De los tribunales de concursos

Artículo R.244.10 ._

Resolución sobre recusación.
La recusación se elevará a consideración del Director de la División Administración de Personal o se remitirá a ADEOM en el caso de los veedores. La División Administración de Personal en un plazo no mayor a cinco días hábiles resolverá sobre la recusación de los integrantes del Tribunal. ADEOM deberá expedirse en el mismo plazo.

Para el caso de aceptarse la recusación establecida en el artículo anterior, la resolución respectiva designará al suplente correspondiente.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
Art. R.244.16
num. 1
Nota:

En virtud de la aprobación de la Res IM Nº 5797/18, de fecha 10 de diciembre de 2018, el nuevo reglamento de Concursos, aprobado por la Res IM 5138/18 de fecha 5 de noviembre de 2018, entrará en vigencia con el primer concurso que se apruebe del cronograma de concursos para el primer semestre del ejercicio 2019.