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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo X
Cambio o limitación de tareas por causal médica

Artículo R.345 ._

El Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional remitirá de inmediato al Servicio Administración de Gestión Humana todos los antecedentes en que se aconseje la asignación de tareas de este tipo. El Servicio Administración de Gestión Humana, estudiará cada situación e indicará, en orden de preferencias, las tareas y dependencias elegidas para que el funcionario inicie su recuperación laboral.

El Servicio Administración de Gestión Humana dará cuenta al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales del estudio realizado y éste propondrá al señor Intendente la asignación de tareas al funcionario por un lapso de seis meses prorrogable en períodos semejantes. Dispuestas por el Intendente las nuevas tareas o su limitación, en la misma dependencia o en otra, el mencionado Servicio controlará el grado de adaptación del funcionario a su nueva labor y colaborará con la dependencia donde pasó a trabajar el mismo, en obtener una reinserción laboral exitosa.

FuenteObservaciones
num. 1