Asignar a los usuarios un rol o permiso dentro de los que tiene definido cada sistema que les habilite las posibilidades de realizar acciones en el mismo estando habilitados a solicitar la asignación de roles o permisos a los nuevos usuarios los Directores de Departamento, División o Servicio, los que deberán indicar para cuál de éstos se solicita acceso. Es responsabilidad de los Directores informar cuando un funcionario ya no puede tener más acceso a la red o a un rol en particular.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional
Libro III
De la relación funcional
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título Único
Nota:
Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año. Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.
Capítulo XVIII.2
De las obligaciones y responsabilidades de los funcionarios que utilizan sistemas informáticos
De las obligaciones y responsabilidades de los funcionarios que utilizan sistemas informáticos
Artículo R.418.10 ._
DEJADO SIN EFECTO Este artículo fue dejado sin efecto tácitamente por Res.IMM 68/10 de fecha 04/01/10, num. 1.
Ver art. 418.25.
Fuente | Observaciones | |
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num. 1 | ||
num. 1 | ||
num. 7 |