En cada piso de los edificios que conforman la Administración Municipal existirá un área para fumadores específicamente delimitada a tales efectos. Las mismas contarán con la debida ventilación y estará en lugares fuera de la vista del público y aisladas de los lugares de trabajo de los restantes funcionarios. En las áreas para fumadores no deberá haber ningún mobiliario salvo el que sirva de soporte a los ceniceros. Fuera de dichas áreas se prohibe absolutamente el consumo de tabaco pudiéndose aplicar en consecuencia el régimen establecido en el presente capítulo.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
De la relación funcional
Por Res. IM Nº 4716/24 de 6/11/2024 se aprobó el texto del Convenio entre esta Intendencia y la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (ADEOM), estableciendo en su cláusula segunda un régimen especial de jornadas de trabajo aplicable al personal perteneciente al escalafón obrero y jefaturas obreras del Servicio Mantenimiento Vial que se adhiera, por un plazo de 1 (un) año, sin perjuicio de la realización de una instancia de seguimiento cumplidos los 6 (seis) meses.
Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año. Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.
Del uso de las áreas destinadas a los funcionarios fumadores (Dejado sin efecto).
Este Capítulo fue dejado sin efecto por Res.IM Nº 5691/11 de 12/12/11, num. 2.
Dejado sin efecto por Res. IMM Nº 993/06 de 16/03/06, num. 1º.
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