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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Legislativa
Título III
Publicidad y propaganda
Nota:

Por Dto. JDM Nº 35.880 de fecha 25 de abril de 2016 se aprobaron modificaciones a los artículos 1º, 2º y 3º del Dto. JDM Nº 35.383, asi como también al Protocolo de Adecuación para soportes de elementos publicitarios de la escala E1, E2 y E3.

Por Dto. JDM Nº 35.383 de fecha 13 de enero de 2015 se aprobaron modificaciones a los artículos 1º, 3º y 4º del Protocolo de Adecuación de soportes antes mencionado.

Por Dto. JDM Nº 34.936 de fecha 14 de enero de 2014 se aprobó el Protocolo de Adecuación para soportes de elementos publicitarios de la escala E1, E2 y E3 instalados con anterioridad a la fecha de promulgación del mismo, el que establece determinados plazos para la adecuación de los soportes, tramitación, ejecución, exoneración del valor de los permisos y para que las empresas declaren la cartelería instalada en el Departamento.
 

Capítulo I
De la Publicidad y Propaganda en Espacios Públicos y en Bienes del Dominio Privado Departamental
Sección V
De la propaganda en bienes del dominio privado departamental

Artículo D.2411 ._

Los carteles o anuncios a instalarse en terrenos y paredes de edificios del dominio privado dapartamental, deberán ajustarse a las siguientes dimensiones: 7,30m. de ancho por 3m. desde el nivel natural del suelo, y a una distancia de 1m. de las paredes linderas, en su caso. Cuando los carteles o anuncios se instalen sobre fachadas de los mencionados edificios, regirán además, en lo pertinente, las normas vigentes en materia de elementos salientes desmontables.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 2
D.2417
art. 9
D.2417