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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Reglamentaria
Título I
De las reuniones públicas
Capítulo II
De las exposiciones, ferias o muestras en espacios públicos

Artículo R.1166 ._

La circulación del público, deberá ser fluida utilizando en o posible un solo sentido de circulación, a efectos de prevenir accidentes por tumultos y facilitar la evacuación en caso necesario.

FuenteObservaciones
num. 1
Art. 12 de la Reglamentación