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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Reglamentaria
Título III
De las actividades en espacios públicos o de acceso al público
Capítulo VII
De la instalación y explotación de atracciones mecánicas en los parques de la capital

Artículo R.1288.19 ._

A los fines previstos en el artículo anterior el interesado deberá presentar ante la oficina técnica nombrada, los planos y demás elementos que se le exijan, no pudiendo comenzar a explotar el juego, hasta obtener la habilitación.

FuenteObservaciones
num. 1
lit. d)