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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Reglamentaria
Título III
De las actividades en espacios públicos o de acceso al público
Capítulo VII
De la instalación y explotación de atracciones mecánicas en los parques de la capital

Artículo R.1288.21 ._

El funcionamiento de la atracción podrá ser suspendido en cualquier momento, cuando el estado del mismo aconseje tal temperamento.
También se suspenderá la habilitación por falta de pago de los derechos fijados o de las multas, impuestos nacionales o departamentales, creados o por crear, dentro de los términos establecidos.

FuenteObservaciones
num. 1
lit. f)