Los permisarios deberán abonar el precio correspondiente, en las dependencias del Servicio de Ingresos Inmobiliarios, dentro de los diez primeros días de cada mes y su falta de pago en plazo, determinará la caducidad automática del permiso otorgado.
Además del referido precio deberán abonar, en las oficinas del Servicio de Ingresos Comerciales, los tributos que gravan la publicidad efectuada mediante la instalación de carteles o anuncios.