Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Reglamentaria
Título I
De las reuniones públicas
Capítulo III
Del paseo Plaza Zabala

Artículo R.1171.29 ._

Las inasistencias injustificadas, 4 (cuatro) faltas consecutivas u 8 (ocho) alternadas en el término de 1 (un) año , serán causal de revocación del permiso o de no renovación del mismo. No se computarán faltas las que ocurran el día de lluvia, si ésta comienza antes de la hora 10:30.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1