Cada artesano titular y su cotitular tendrán un puesto asignado para la exposición y venta de sus productos. Permisos que serán de carácter personal, precario, revocable e intransferible. El cotitular podrá ser familiar artesano, o artesano que forme parte del taller del titular artesano no importando el rubro. La IM podrá autorizar un permiso precario, personal, revocable y provisorio a un artesano extranjero a solicitud de la Comisión Fiscal de la feria correspondiente, con un límite de hasta 4 (cuatro) artesanos extranjeros y hasta 10 (diez) días. Debiendo detallar la cantidad de días de exposición y de comercialización de artesanías, abonando previamente ante la Unidad Gestión Comercial el pago del permiso provisorio, el que se abonará por la cantidad de días. Tomando como base 1 (una) Unidad Reajustable dividida por los 20 días de armado de la feria.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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