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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Legislativa
Título I.I
De las ferias permanentes
Capítulo II
De las adjudicaciones
Sección II
Del sorteo

Artículo D.2346.35 ._

La Resolución de adjudicación de los puestos será dictada por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, la que será notificada a los favorecidos en calidad de titulares, quienes dispondrán de 10 días hábiles para presentarse en la Unidad Gestión Comercial, con la siguiente documentación:
a)cédula de identidad vigente.
b)carné de salud vigente.
c)constancia de inscripción de la Dirección General Impositiva, Banco de Previsión Social y Planilla de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
d)certificado de habilitación policial expedido por la Jefatura de Policía de Montevideo.
La Intendencia de Montevideo podrá modificar la documentación a exigir así como los sistemas de identificación de los permisarios.

FuenteObservaciones
art. 1