Será causal de pérdida del permiso 10 (diez) faltas consecutivas o alternadas en el mes. Contarán además con una licencia ordinaria de 40 (cuarenta) días y 30 (treinta) días de licencia extraordinaria por enfermedad o por traslado dentro o fuera del país.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental