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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Nota:

Por Res.IM Nº 2882/20 de fecha 12 de agosto de 2020 se aprueba un nuevo protocolo para el uso responsable de espacios públicos.

Por Res.IM Nº 2180/20 de fecha 8 de junio de 2020, se aprobó el protocolo para el reinicio de actividades del sector audiovisual vinculado a rodajes en espacios públicos de nuestra cuidad.

Por Res.IM Nº3698/21 de fecha 04 de octubre de 2021, se deja sin efecto la resolución Nº2882/20 de fecha 12 de junio de 2020 que aprobò el Protocolo para el uso responsable de los espacios públicos vigente durante la emergencia sanitaria por el Covid 19.


Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Reglamentaria
Título I
De las reuniones públicas
Capítulo IV
De las ferias especiales de venta de artesanías

Artículo R.1171.46 ._

Los sorteos se realizarán cada un (1) año a contar del 1º de julio del 2007. El mismo se realizará sobre los puestos libres. Debiendo realizarse previo al llamado abierto los llamados internos de reubicación de cada feria. Hecho, se realizará un llamado de reubicación de la feria Catedral a Cabildo viceversa. Para presentarse a los sorteos además de cumplir con las condiciones exigidas para las ferias especiales, se deberá tener la aprobación de un tribunal creado por funcionarios idóneos en la materia elegido por el Director General del Departamento de Cultura, un funcionario del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, un funcionario del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1, los integrantes de los comités fiscales de cada feria. El dictamen favorable del tribunal dará lugar a la entrega del carné de artesanos el que se renovará anualmente.

FuenteObservaciones
num. 2