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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Reglamentaria
Título III
De las actividades en espacios públicos o de acceso al público
Capítulo I
De los quioscos
Sección II
De los quioscos rodantes destinados a la venta de productos alimenticios

Artículo R.1216 ._

El personal inspectivo podrá exigir en cualquier momento, la justificación del origen de las mercaderías en venta, lo cual deberá efectuarse mediante la presentación de las boletas de compra de las mismas.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
lit. j)
num. 18
num. 23