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Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Reglamentaria
Título II
De las remociones en la vía pública
Capítulo III
De la señalización de obras en la vía pública
Sección IV
Depósito de materiales

Artículo R.935.15 ._

Si la obra permaneciese abierta en horas de la noche se deberá asegurar la suficiente señalización en base a balizas eléctricas (del tipo de las descriptas anteriormente), debidamente distribuidas a lo largo del desarrollo de la obra.

FuenteObservaciones
num. 1