En la avenida Carlos María Ramírez en el tramo comprendido entre la avenida Agraciada y la calle Leonardo Olivera, las veredas deberán ser construidas con un ancho de tres metros (3m00).
En sendas peatonales y de vehículos regirán las normas generales.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen VII Obras
Parte Reglamentaria
Título I
De las veredas
De las veredas
Capítulo II
De las disposiciones especiales para la construcción de las veredas en las vías de tránsito y en las zonas que se indiquen
De las disposiciones especiales para la construcción de las veredas en las vías de tránsito y en las zonas que se indiquen