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Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Reglamentaria
Título I
De las veredas
Capítulo I
De la definición y clasificación de las veredas

Artículo R.899.1 ._

Definición de vereda en buen estado: Las veredas deberán ser planas y contar con un buen estado de conservación y mantenimiento de forma que permita el correcto desplazamiento de los peatones y contribuya asimismo al embellecimiento de la ciudad, debiendo cumplir las especificaciones técnicas establecidas para cada zona según lo preceptuado en el presente Título.

FuenteObservaciones
num. 4