Zona 3. Dentro de la zona limitada por el Río de la Plata, Rambla Concepción del Uruguay, Avda. Italia, Bvar. José Batlle y Ordóñez, Avda. General Flores, Bvar. Gral. Artigas en su recorrido Este-Oeste y la bahía de Montevideo, excluidas las Zonas 1 y 2 precedentes, las veredas se construirán, en un ancho de dos metros como mínimo, a partir de las alineaciones de las propiedades, con baldosas de portland, grés o monolítico lavado, la superficie restante se cubrirá con balasto rojo o césped.
Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Digesto Departamental