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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título II
Algunas Exoneraciones de Carácter General
Capítulo III
Exoneraciones Genéricas en Favor de Bienes, Personas e Instituciones de Derecho Público
Acápite I Normas Departamentales

Artículo 94 ._

Las instituciones formativas avalarán la actitud e idoneidad del joven con relación a las tareas para las que será contratado, mediante una carta de presentación.
Para el caso de jóvenes provenientes de los cursos de la JUNAE, bastará con la presentación de egreso correspondiente. Asimismo las instituciones mencionadas deberán establecer medidas de seguimiento de la actuación laboral del joven tendientes a completar en su formación e inserción definitiva en el mercado de trabajo así como también, colaborar del cumplimientos de las condiciones establecidas por la presente reglamentación.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 4 de la reglamentación