Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título I
Normas Generales de Derecho Tributario Departamental
Capítulo II
Derecho Tributario Material
Sección VI.I
Régimen de Facilidades de Pago para Ciertos Tributos y Precios Departamentales

Artículo 20.45 ._
DEROGADO

Norma transitoria ha perdido vigencia.


Prorrogar por el plazo de 30 días a partir del 28 de agosto de 2009 el régimen de facilidades de pago previstos en el Decreto Nº 32.624 de 14 de agosto de 2008, modificativos y concordantes.

FuenteObservaciones
art. 1