Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título V
Departamento de Movilidad
Capítulo I
Servicio Ingeniería de Tránsito
Sección I
Reservas de Espacio
 Primera Parte. Normas Generales

Artículo 140 ._

(Otorgamiento). Del otorgamiento. Las reservas de espacio se otorgarán por resolución del Intendente, con carácter precario y revocable y su vigencia será a partir del día del señalamiento.

FuenteObservaciones
num. 1
art. R.424.115 del Volumen V del Digesto Departamental.
num. 1
art. R.424.115 del Volumen V del Digesto Departamental.
num. 1
art. 5º de la reglamentación.