Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título VI
Departamento de Desarrollo Ambiental
Capítulo III
Servicio de Administración de Saneamiento
Sección I
Tarifa de Saneamiento
 Segunda Parte. Exoneraciones

Artículo 310.14 ._

(Exoneraciones). Los usuarios que perciban pasividades del Banco de Previsión Social que cuenten con exención de pago del consumo de agua suministrada por la OSE, estarán exonerados del pago de la tarifa por saneamiento.

FuenteObservaciones
art. 92