Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título V
Departamento de Movilidad
Capítulo V
Servicio Contralor y Registro de Vehículos
Sección IV
Expedición de Juegos de Placas de Matrícula de Vehículos Automotores

Artículo 187 ._

Facúltase a la Intendencia  de Montevideo para efectuar el cambio de placas de matrícula de los rodados empadronados en Montevideo, de acuerdo a los criterios acordados por el Congreso Nacional de Intendentes con fecha 9 de Julio de 1999, para la unificación de placas de matrícula a nivel nacional.

FuenteObservaciones
art. 1