(Tasa por transferencia de permisos de taxímetros). Los permisarios que hubieren obtenido habilitación de Taxímetros de acuerdo a lo determinado por el art.5º del Decreto Nº 5.786 podrán adquirir el derecho a efectuar su transferencia inmediata o de futuro solicitándolo a la Intendencia, dentro del plazo de seis meses de la promulgación del presente Decreto y abonando la suma de tres mil pesos($ 3.000). Igual derecho podrán adquirir los permisarios con autorizaciones anteriores a la vigencia del Decreto Nº 5.786, presentándose dentro del mismo plazo y abonando la cantidad de un mil pesos ($1.000). La primera transferencia de estos permisos estará libre de todo otro derecho.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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