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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título V
Departamento de Movilidad
Capítulo IV
Unidad Administración de Transporte
Sección IV
Tasa por Transferencia de Permisos de Taxímetros

Artículo 175 ._

Por cada una de las sucesivas transferencias de todos los permisos de Taxímetros a que se refieren los artículos anteriores, deberá abonarse la cantidad de un mil pesos ($ 1.000).

FuenteObservaciones
art. 80