(Derecho por expedición de duplicado o renovación de la libreta de propiedad de automotores). Establécese un derecho por el duplicado o revocación de la libreta de propiedad que se solicite de acuerdo al siguiente detalle:
a) Tracción mecánica $ 10.00
b) Motocicletas, Motonetas, Bicicletas con motor y triciclos para
carga hasta 500 C.C de cilindrada $ 5.00
c) Tracción sangre $ 5.00
d) Bicicletas $ 2.00
En todos los casos el derecho establecido precedentemente, deberá ser abonado conjuntamente con la presentación de escrito de solicitud.
Cuando el duplicado o revocación sea motivada por haberse colmado la capacidad de la libreta de propiedad, o extravío de la misma por culpa de la administración no se abonarán derechos.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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TOTID
Título V
Departamento de Movilidad
Departamento de Movilidad
Capítulo V
Servicio Contralor y Registro de Vehículos
Servicio Contralor y Registro de Vehículos
Sección III
Expedición de Duplicado o Renovación de la Libreta de Propiedad de Automotores
Expedición de Duplicado o Renovación de la Libreta de Propiedad de Automotores
Artículo 185 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 7 |