(Cálculo de la tarifa). Los volúmenes de agua para determinar el monto a abonar por concepto de tarifa de saneamiento, serán los resultantes de las mediciones de ingreso de agua el usuario, sea proveniente de la red pública o de abastecimiento propio. Para ello la Intendencia de Montevideo tendrá en cuenta la información que obtenga a través de un convenio con la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE), así como elementos complementarios de medición que la Administración estime conveniente implementar. En los casos en que no se pueda disponer de la medición para proceder a la facturación, el monto se calculará en base a los promedios de mediciones anteriores cuando estuvieren disponibles. En caso de fuerza mayor que impida a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) efectuar mediciones y considerar promedios anteriores, se considerará a los efectos de cálculo el importe correspondiente a 5 (cinco) metros cúbicos mensuales por unidad ocupacional. En todos los casos la situación se regularizará cuando se retomen las mediciones normales.
Para los consumos correspondientes a servicios de agua que abastecen en común a una propiedad colectiva o padrón matriz y hayan sido calculados por la propiedad total, corresponderá la división por unidades a su administración. El cargo fijo se aplicará por cada unidad ocupacional.