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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título VII
Departamento de Recursos Financieros
Capítulo III
Servicio de Ingresos Inmobiliarios
Sección I
Impuesto a la Contribución Inmobiliaria
 Segunda Parte. Exoneraciones. Normas Departamentales

Artículo 464 ._

Facúltase a la Intendencia de Montevideo, a incluir en el listado de los Bienes de Interés Departamental, a los siguientes edificios:
1°) PALACIO SUD AMERICA. Exclusivamente la parte del padrón N° 14.833 en que se halla lo que se denomina “Parque Munich” o “Parque de la Cerveza”, en la calle Yatay 1421 al 1429.
2°) PALACIO DURAZNO. Todo el padrón 6.701 y sus unidades, ubicado en la calle Durazno 1025 al 1029.
3°) PALACIO SIRI. Todo el padrón 9.050 y sus unidades ubicadas en las calles Canelones 1323 al 1349 y Ejido 1209 al 1229.
4°) PALACIO RINALDI. Todo el padrón 5.020 y sus unidades, ubicado en la Avda. 18 de Julio 839 al 841bis y Plaza Independencia 1356 al 1358.

FuenteObservaciones
art. 1