(Aumento del tributo adicional a la Tasa General Departamental) Auméntase en un cinco por ciento (5%) el Tributo Adicional a la Tasa General previsto en los apartados I) y II) del art. 45 del Decreto No.12.900, según redacción ordenada por el art. 88 del Decreto No.16.012. (*)
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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