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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título VIII
Departamento de Desarrollo Económico
Capítulo I
Unidad Gestión Comercial
Sección I
Permiso para establecer Quioscos Fijos y Puestos/Quioscos Rodantes en la Vía Pública

Artículo 601.26.3 ._

(Establecimiento y funcionamiento) El Departamento de Actividades Productivas y Comerciales (*) será competente en el establecimiento y funcionamiento de quioscos fijos ubicados en la vía pública, disponiendo de todas las facultades necesarias para su correcta administración.

FuenteObservaciones
num. 1
Art.R.1185 Vol.X Digesto Departamental.
Nota:

(*) Actualmente Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional