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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título VIII
Departamento de Desarrollo Económico
Capítulo I
Unidad Gestión Comercial
Sección I
Permiso para establecer Quioscos Fijos y Puestos/Quioscos Rodantes en la Vía Pública

Artículo 613.2 ._

(Disminución en derechos. Discapacitados) En los casos de discapacidad del adjudicatario de un permiso, los derechos mensuales y la anualidad a que refieren los artículos 613 y 613.1 serán disminuidos en función del porcentaje de discapacidad con arreglo a la siguiente escala:
Grado de Discapacidad                 Porcentaje de Rebaja
Hasta un 30 %                                        20 %
Hasta un 50 %                                        30 %
Hasta un 70 %                                        40 %
Mayor al 70 %                                        50 %

 

FuenteObservaciones
num. 4