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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título I
Normas Generales de Derecho Tributario Departamental
Capítulo II
Derecho Tributario Material
Sección VI.I
Régimen de Facilidades de Pago para Ciertos Tributos y Precios Departamentales

Artículo 20.32 ._
DEROGADO

Norma transitoria ha perdido vigencia.


Establécese un nuevo plazo de 90 (noventa) días para abonar deudas en las condiciones establecidas en el Decreto Nº 32.624 de 14 de agosto de 2008 y por los tributos y precios comprendidos en el mismo.

FuenteObservaciones
art. 1