(Certificado de viabilidad). Para la solicitud de Certificado de Viabilidad Urbanística, se abonará la suma de NUEVOS PESOS MIL QUINIENTOS (N$ 1.500.oo) no estando incluido en dicho importe el valor del papel timbrado correspondiente al certificado.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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TOTID
Título V.I
Departamento de Desarrollo Urbano
Departamento de Desarrollo Urbano
Capítulo II
Servicio Contralor de la Edificación
Servicio Contralor de la Edificación
Sección XI
Certificado de Viabilidad
Certificado de Viabilidad
Artículo 240 ._
DEROGADO Este artículo fue derogado tácitamente por el Dto. JDM Nº 38.156 de 29/12/2022, art. 18.
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 18 | ||
art. 70 |