Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título I
Normas Generales de Derecho Tributario Departamental
Capítulo I
Disposiciones Preliminares
Sección II
Potestades de la Administración

Artículo 7.1 ._

(Acuerdos con Instituciones Públicas Nacionales o Departamentales.- Intercambio de información tributaria). Facúltase a la Intendencia a realizar acuerdos con instituciones públicas nacionales o departamentales, que permitan intercambiar información tributaria para el mejor cumplimiento de sus cometidos fiscales.

FuenteObservaciones
art. 6