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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título II
Algunas Exoneraciones de Carácter General
Capítulo I
Exoneraciones genéricas en favor de diversas personas e instituciones de derecho privado
Acápite III Normas Departamentales

Artículo 76.3 ._

Serán objetivos centrales de la precitada Comisión los siguientes:
a) La elaboración y actualización de un registro de los mencionados comercios, con detalle de su ubicación y área de influencia, características de su gestión, estructura física y eventual valor testimonial.
b) La definición de una escala de valoración con relación a la significación testimonial de cada caso concreto, de modo de poder establecer una categorización análoga a la que rige actualmente en las áreas protegidas, en los términos que siguen:
GRADO I) Establecimiento sin valores relevantes.
GRADO II) Establecimiento con valores puntuales y potencial desarrollo, a condición de incorporar mejoras y corregir deficiencias.
GRADO III) Establecimiento de valor testimonial reconocible, sin perjuicio de las mejoras que convenga introducir para fortalecer su gestión.
GRADO IV) Establecimiento de notorio valor testimonial, con prioridad para la implementación de acciones tendientes al apoyo de su gestión y a su puesta en valor.
c) La elaboración de propuestas tendientes a generar un apoyo concreto a la gestión empresarial, en correspondencia con la categorización precedente, sea por vía de exoneración tributaria u otras acciones e incentivos a coordinar con autoridades nacionales y actores privados.
d) Promover actuaciones tendientes a consolidar y potenciar los valores edilicios y ambientales de los ejemplos catalogados en los grados III) y IV).
e) Promover la participación en la actividad cultural de la ciudad, de los locales en los que se verifique una adecuada potencialidad de gestión, fomentando la inclusión de actividades artísticas en correspondencia con sus características y alentando su difusión e integración del circuito turístico.
f) Alentar el mantenimiento de la actividad que ha caracterizado el lugar (caso de la “LA GIRALDITA”) o su reciclaje sin pérdida de su estructura básica y su actividad genérica (caso del “TABARE” o “EL BACACAY”), así como la incorporación de nuevos locales que aporten renovados valores para igual tipología.
g) Promover la difusión de los ejemplos más significativos –principalmente en guías turísticas y a través de afiches, publicaciones especializadas, entre otros medios- organizando en particular una instancia anual de evaluación comparativa y premiación, en coordinación con la celebración del Día del Patrimonio.
h) La propuesta de la declaratoria “SITIO DE INTERES CULTURAL” para los locales cuya relevancia testimonial les otorgue un valor especialmente destacado.

FuenteObservaciones
art. 2