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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título III
Departamento de Desarrollo Social
Capítulo I
Servicio de Salubridad Pública
Sección III
Desinfección de Ropas, Muebles y demás

Artículo 116 ._

(Desinfección de ropas). Fijar los siguientes precios por los servicios que realiza la Casa de Desinfección de la Dirección de Salubridad y que se establecen a continuación;
A) Por la desinfección de ropas, muebles y demás objetos, los interesados deberán abonar siempre que los mismos sean entregados y retirados en la Casa de Desinfección de la Dirección de Salubridad la cantidad de $ 20.00 (VEINTE PESOS) por kilogramo.
(...).

FuenteObservaciones
num. 1
inc. a