(Sistema de Garantía de Alquileres) Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para exonerar a los propietarios interesados en ingresar al Sistema de Garantía de Alquileres previsto en el Decreto Departamental No. 30.458 (*) de 2/X/03, promulgado por Resolución No. 5180/03 de 11/XII/03 y reglamentado por Resolución No. 390/04 (**) de 2 de febrero de 2004, del pago de la Tasa por Inspección y Habilitación de Arrendamientos, creada por el artículo 25 del Decreto Departamental No. 12.200, en la redacción dada por el artículo 113 (***) del Decreto Departamental No. 24.622 de 24 de julio de 1990.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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TOTID
Título IV
Prosecretaría General
Prosecretaría General
Capítulo
Servicio de Convivencia Departamental
Servicio de Convivencia Departamental
Sección I
Tasa por Inspección y Habilitación de Locación o Sub - Locación o Cesión de Arrendamiento
Tasa por Inspección y Habilitación de Locación o Sub - Locación o Cesión de Arrendamiento
Artículo 135.1 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 1 |
Nota:
(*) Ver arts. 449.5 a 449.12
(**) Ver arts. 449.13 a 449.20
(***) Ver art. 136