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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título IV
Prosecretaría General
Capítulo
Servicio de Convivencia Departamental
Sección I
Tasa por Inspección y Habilitación de Locación o Sub - Locación o Cesión de Arrendamiento

Artículo 135.2 ._

Los inmuebles situados dentro de los límites de la Junta Local de la Zona No. 1, cuyo destino sea casa habitación o actividades comerciales, industriales, artesanales o de servicios de pequeñas empresas, en las condiciones que se detallan, creado por el Decreto No. 30.458, sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 2 de octubre de 2003, promulgado por Resolución No. 5180/03, de 11 de diciembre del mismo año, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 7o. del precitado Decreto.

FuenteObservaciones
num. 1