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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título V
Departamento de Movilidad
Capítulo I
Servicio Ingeniería de Tránsito
Sección I
Reservas de Espacio
 Primera Parte. Normas Generales

Artículo 139 ._

Las solicitudes se presentaran ante el Servicio de Ingeniería de Tránsito, probando fehacientemente la necesidad de dicha reserva. Esta Dependencia verificará si la misma es realmente imprescindible y no hay razones de interés general que se opongan a su concesión, y luego del informe correspondiente, la elevará a consideración Superior.

FuenteObservaciones
num. 1
art. R.424.114 del Volumen V del Digesto Departamental.
num. 1
art. 4º de la reglamentación.