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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOBEFU
Título I
DE LAS COMPENSACIONES
Capítulo II
De la Compensación a la Persona

Artículo 6.3 ._

Autorizar a la Intendencia de Montevideo, a otorgar una compensación salarial a los funcionarios (...) que por dejar de prestar funciones en la Sección Multas de la División Servicios Jurídicos, dependiente del Departamento de Recursos Humanos y Materiales, pierden participación en lo recaudado por concepto de multas.

FuenteObservaciones
art. 1