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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOBEFU
Título V
DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
Capítulo III
De la Asignación Familiar
 I. De la Asignación Familiar Simple

Artículo 261 ._

La "Asignación Familiar por Hijo" será satisfecha mientras el funcionario conviva y mantenga a hijos o les sirva pensión alimenticia por mandato judicial que represente la misma cantidad que percibe por tal concepto de la Intendencia.

FuenteObservaciones
art. 25