En ningún caso como resultado de la participación en las recaudaciones un funcionario podrá percibir por concepto de remuneración sujeta a Montepío más del 80% de la remuneración del Director de División. A los efectos de la aplicación de este tope la asignación semestral deberá proporcionarse mensualmente al igual que la asignación del Director de División.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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